Martes, 24 de marzo
Política

Podrían declarar inconstitucional la Carta Orgánica de San Javier

Si lo considera el STJ, “puede declararse la inconstitucionalidad de todo el documento”.


(elterritorio.com.ar) La polémica Carta Orgánica Municipal de San Javier entró en vigencia ayer con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
 
Pese a las controversias, en último jueves se había llevado a cabo la jura del documento, solamente con la presencia de la Convención Constituyente, no así del intendente o los concejales.

Empero, tras la puesta en marcha, aún resta un paso importante, que es la revisión de los distintos artículos que conforman la carta magna.

Mario Lindemann,  subsecretario de Asuntos Municipales, explicó a El Territorio que “si bien entró en vigencia, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) aún debe realizar la revisión”. 

A ese ámbito se recurriría, por lo que Lindemann añadió: “El STJ se toma su tiempo para evaluar no sólo los puntos cuestionados, sino toda la Carta. Allí anula los artículos que cree inconstitucionales y vuelve al municipio”.
Y explicó que si lo considera el STJ, “puede declararse la inconstitucionalidad de todo el documento”. 

Asimismo, remarcó que si la norma vuelve para ser corregida, es el mismo grupo de convencionales el que tiene que realizar las correcciones, siempre que no venza el plazo estipulado, porque si no se debe llamar a elecciones de nuevo. 

“Hay un margen de tiempo que tienen los convencionales para posibles correcciones antes de que se cumpla el período de mandato”, aclaró el funcionario. 

Inconstitucionalidad

En tanto,  la abogada Claudia Gauto, quien además forma parte del Frente Renovador de la Concordia, reiteró ayer que en Misiones los municipios no pueden crear justicia electoral propia, como así tampoco disponer regímenes electorales distintos a los que establecen las leyes provinciales.

 Por lo tanto, ante cartas magnas que propongan esta idea, el Tribunal Electoral de la Provincia declarará la inconstitucionalidad de esos puntos, ya que se estarían violando los artículos 48 y 49 de la Constitución de Misiones. 
“Sigo sosteniendo la misma posición. Que, además, es la jurisprudencia reiterada del Tribunal Electoral de la provincia en casos similares anteriores”, afirmó.

Gauto había planteado que “lo que se busca es que los convencionales no dejen expuestos a sus municipios a una inconstitucionalidad, porque si llegan a sancionar una Carta Orgánica que disponga este punto, una vez que llegue al Tribunal Electoral de la Provincia, éste determinará la inconstitucionalidad, como ya lo hizo unas cuatro veces en sus diversas conformaciones”.

Artículos en discusión

Uno de los artículos que mayor rechazo tuvo por parte del Ejecutivo fue la eliminación de la Ley de Lemas provincial. 
En el artículo 279 de la Carta Orgánica se especifica que “el intendente y el viceintendente como fórmula son elegidos en distrito único y directamente por los ciudadanos del municipio a simple pluralidad de sufragios. Entiéndase por ello que la fórmula individualmente más votada indefectiblemente es la que resulta ganadora; no pueden serle adicionados, por la razón que fuere, votos de otras fórmulas de candidatos, ni necesita superar más de la mitad de los votos para resultar ser la fórmula electa”. 

También el documento se vio envuelto en un escándalo en un primer momento, tras conocerse que determina que las elecciones locales se harán conjuntamente con el Gobierno nacional. Más tarde quedó asentado que para los comicios de este año, el Ejecutivo ya había adherido a la convocatoria del gobernador Hugo Passalacqua, previo a la culminación de la escritura de la carta magna. 
Noticia Anterior

Misiones registró caída de ventas de carne de hasta 50 por ciento

Noticia Siguiente

El enigma de Felicitas Guerrero: crímenes de pasión y el mito de la dama de blanco en Barracas

Comentarios

  • Se el primero en comentar este artículo.

Deja tu comentario

(Su email no será publicado)

🔔 ¡Activa las Notificaciones!

Mantente informado con las últimas novedades.