Jueves, 19 de marzo
Economía

Netflix, Spotify y compras que se verán afectadas por el aumento de la retención del impuesto PAIS

Las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%

(elterritorio.com.ar) Por decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el impuesto PAIS pasará del 35% al 45% desde este jueves. La normativa excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento que continuará en 35%.

En medio del faltante de dólares, el Gobierno informó el miércoles por la noche que aumentará el dólar turista. a través de un comunicado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anuncio que se instrumentan nuevas "medidas tendientes a robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos".

Así, con la Resolución General 5232 se adecua la alícuota de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para un conjunto de las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%. "La actualización alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior", explican en un comunicado del organismos, en el que además se aclara que "la normativa excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento que continuará en 35%". Las adecuaciones en la
percepción entrarán en vigencia el 14 de julio.

De esta manera, estarán alcanzados por esta medida gastos como los pagos con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior; además de las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito, algunos ejemplos son Spotify, Netflix entre otros servicios de streaming.

Y por último el pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.

Desde el organismos se epxlica que "la decisión forma parte de las distintas medidas destinadas a garantizar el equilibrio fiscal y promover la solvencia del Estado como promotor de la actividad económica". Además de que "apunta a sostener el impulso redistributivo de la política fiscal", según explican.

También se indica desde la Afip que esta "actualización en la alícuota de la percepción se instrumenta a partir del reconocimiento de la expresión de capacidad contributiva de un sector de contribuyentes que, fundamentalmente, gastos de moneda extranjera para viajes y consumos en el exterior".

"La adecuación de la alícuota para la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales establecida en 2020 recae sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS, a excepción de la compra de moneda extranjera para atesoramiento. La herramienta permite anticipar ingresos tributarios a partir de las operaciones realizadas en viajes y consumos en el exterior por parte de un conjunto de contribuyentes que expresan capacidad contributiva", explicaron.

Al igual que en el caso de la Resolución General 4815, cuando las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado. En el caso de los monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción.

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