Una bebé de un año murió tras ser picada por una araña en Alba Posse
La Justicia de Córdoba rechazó el pedido para anular la ley de IVE
Lo había solicitado el precandidato a diputado vecinalista Aurelio García Elorrio
“No se puede suspender la vigencia de una ley con alcances generales sin lesionar el principio de división de poderes, salvo que se advirtiera una ostensible inconstitucionalidad o vulneración evidente de derechos fundamentales”, comunicó el TSJ.
Asimismo, los vocales del TSJ esgrimieron que no se cumplían los requisitos previstos para el dictado de una medida cautelar.
En la resolución, la mayoría del pleno del TSJ partió de “la presunción de legitimidad constitucional de la que gozan los actos estatales”.
También, de que el Alto Cuerpo provincial, al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en numerosos precedentes, “ha advertido sobre el peligro que para el principio de división de poderes -rasgo característico, fundamental y distintivo de nuestro sistema republicano de gobierno- representa un pedido de tal magnitud”, según se detalló oficialmente.
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