(elterritorio.com.ar) El aislamiento social preventivo y obligatorio va teniendo de a poco algunas flexibilizaciones en distintos puntos del país, principalmente en lo que respecta a la habilitación de algunas actividades productivas.Sin embargo, aún hay medidas duras para tratar de contener el avance del Covid-19 y en este sentido, es cada provincia la que establece las obligaciones y sus correspondientes sanciones y multas.
Como lo dio a conocer El Territorio, en Misiones, las penas que impone el Ministerio de Gobierno provincial a quienes no cumplan con el aislamiento llegan hasta los 20.000 pesos, correspondientes a 300 Unidades Fijas.
En sintonía, los municipios también forman sus propias normativas al respecto, teniendo en cuenta las condiciones geográficas y sociales del lugar.
Es por esta razón, que algunas ciudades poseen medidas más severas que otras. Una de las comunas que más firmes se puso en la aplicación de penas fue la localidad de Oberá, con multas a quienes no usen barbijos en la vía pública y restricción de salidas de acuerdo a la terminación del DNI.
Empero, el tema sanitario ya llegó a la Legislatura, incluso antes de su apertura formal, y se proponen proyectos que buscan sancionar a aquellos que obstaculicen las tareas que se llevan adelante en materia de sanidad, no sólo en lo que respecta a la pandemia actual, sino también a otro tipo de enfermedades que proliferan en Misiones, como el dengue.
Proyecto legislativo
A pocos días de comenzar el período ordinario de la Cámara de Representantes de Misiones, el diputado provincial Hugo Passalacqua presentó un proyecto de ley para reformar el Código de Faltas Contravencional de la Provincia y endurecer penas en los casos en que se infrinjan leyes relacionadas con la sanidad.
Se trata de una propuesta que tiene como objetivo la introducción de un capítulo a la ley XIV - N° 5 (antes Ley 2800), que establece multas y sanciones para quien incurra en faltas referidas a la Salud Pública, sanidad e higiene. Este proyecto tomará estado parlamentario en la primera sesión ordinaria del corriente año, y quedará a disposición del cuerpo para ser tratado.
El proyecto de ley que firma Passalacqua, y que cuenta con el acompañamiento del presidente de la Legislatura, Carlos Rovira, precisa que “se impondrá multa del 25 por ciento al 75 por ciento del sueldo, o arresto de cinco hasta veinte días al que infrinja las normas vigentes en la provincia sobre salud pública, sanidad e higiene”.
Al hablar de faltas, se hace referencia al accionar que –por ejemplo- imposibilite la prevención de enfermedades transmisibles, vacunación obligatoria, así como la “falta de desinfección o eliminación de agentes transmisores en lugares de acceso público y el facilitar la proliferación de insectos y roedores, mediante el almacenamiento de residuos, chatarra, y otros elementos rescatados de la basura”.
Seguidamente, la iniciativa del vicepresidente de la Cámara determina el “control de uso y condiciones higiénicas de vestimenta reglamentarias y documentación sanitaria exigible de lugares públicos, privados o vehículos sujetos a contralor de la autoridad encargada de velar por la salud pública”.
“En los tiempos que corren, donde se ha declarado la emergencia pública sanitaria a nivel provincial y nacional en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación al Coronavirus Covid-19 y, habiéndose adoptado diversas medidas de prevención y control, con el único objetivo de atender a la situación epidemiológica y recudir el riesgo de contagio en la población, resulta primordial contar con normativas de tipo contravencional con el fin de salvaguardar así la salud pública como bien jurídicamente protegido”, remarca la fundamentación de la iniciativa.
En los municipios
Las distintas localidades también comenzaron a implementar diversas normas para cuidar a los vecinos y contribuir a la seguridad pública.
En ese marco, la ciudad de Oberá es quizás una de las más estrictas de la provincia a la hora de establecer reglas, con sus consecuentes penas. Entre otras cosas, la Capital del Monte impuso la obligatoriedad del uso de barbijos o tapabocas en la vía pública además de establecer la restricción a las salidas de acuerdo a la terminación del DNI.
Según indica la resolución municipal 452, los pobladores deben utilizar “protector facial para circular en la vía pública en el ejido municipal; asimismo para instituciones públicas y privadas que tengan atención al público”.
En caso de no utilizar, la pena alcanza las 80 UF, es decir, unos 5.400 pesos (en Oberá, cada UF ronda los 67,5 pesos).
Asimismo, por resolución 452, los vecinos obereños tienen restringida la salida a comprar o realizar trámites, de acuerdo a la terminación del DNI.
De esta manera, aquellos con números terminados en par pueden circular los lunes, miércoles y viernes; mientras que los que tienen terminación impar, los martes, jueves y sábados. La pena en este caso se eleva a 170 UF (11.475 pesos), y en caso de reincidir se aplica el doble de la pena, pudiendo además ser retenido el vehículo.
En Irigoyen
En Bernardo de Irigoyen, también se aplican sanciones a quienes infrinjan las normativas locales. El juez de Faltas municipal Mario Durán, indicó que “dentro de todo, los vecinos se portan bien con respecto al cumplimiento de la cuarentena, pero sí se aplicaron algunas multas y retención de vehículos por no poder justificar la circulación”.
Aclaró que la multa en Irigoyen por violar la cuarentena puede llegar a las 300 UF, lo que alcanzaría los 20 mil pesos. No obstante, aclaró que “la mayor cantidad de actas se realiza por falta de papeles, debido a la intensificación de los controles en rutas y calles de la localidad”.
En Iguazú
En Iguazú, todas las notificaciones de violaciones del decreto 297/20 que declara el aislamiento, son elevadas al departamento de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia.
Haciendo referencia al incumplimiento de la normativa vigente de apertura de comercios habilitados entre las 8 y 18, Steve Sieza -juez de Faltas de Iguazú- indicó que aún no han recibido ningún acta al respecto, “que no quita que el sector de bromatología haya efectuado y aún no fue elevada, ya que se demoran entre 24 y 48 horas la notificación al juzgado”.
Definen valor de multas a 5 comercios
El municipio de Eldorado sólo puede fijar multas sobre las violaciones a las disposiciones municipales. Jorge López, presidente el Concejo Deliberante, explicó que “lo único que está dentro de la órbita municipal son las violaciones, por ejemplo, a los horarios permitidos de atención al público, o los comercios que abrieron sus puertas sin estar habilitados, o las que incumplan con el número de personas dentro del mismo”. El Concejo Deliberante estableció que el Ejecutivo municipal se encuentra habilitado para imponer multas de hasta 500 unidades fiscales. El miércoles 22 de abril, el municipio procedió a la clausura de cinco locales comerciales por la atención al público sin estar dentro de las actividades exceptuadas. El Juzgado de Faltas deberá ahora definir el monto de las multas.
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