El Gobierno implementa cambios en la factura electrónica y fija nuevas obligaciones para empresas y contribuyentes
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó una profunda actualización del régimen mediante la Resolución General 5866/2026. La medida introduce la Liquidación Electrónica Mensual y establece un cronograma de aplicación gradual que se extenderá hasta marzo de 2027.

(misionesonline.net) Los contribuyentes y las empresas del país deberán adaptarse a un nuevo esquema de facturación. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha una profunda actualización del régimen de factura electrónica mediante la Resolución General 5866/2026, lo que modifica la emisión de comprobantes y establece nuevas obligaciones para diversos sectores de la economía. El proceso, que comenzó de manera progresiva el 1 de julio de este año, se extenderá con un cronograma escalonado hasta marzo de 2027.

La normativa reemplaza parte del esquema vigente e incorpora la denominada Liquidación Electrónica Mensual. Esta herramienta funcionará como una alternativa para documentar operaciones mediante una liquidación consolidada en lugar de emitir una factura individual. Según detalló el organismo recaudador, los contribuyentes alcanzados por la medida: “podrán optar entre emitir comprobantes por cada operación o realizar una liquidación mensual para cada cliente”. En caso de elegir esta modalidad, la norma aclara que: “la liquidación deberá emitirse hasta el último día del mes calendario correspondiente y ponerse a disposición del cliente dentro de los 10 días corridos posteriores”. Además, los comercios y prestadores de servicios tendrán la obligación de conservar toda la documentación que permita identificar las operaciones incluidas.

Fechas clave y sectores alcanzados
El cronograma de implementación prevé una incorporación progresiva para evitar complicaciones operativas en los sistemas. El primer paso fuerte ocurrió el 1 de julio, fecha en la que los directores de sociedades anónimas, síndicos y autoridades de asociaciones comenzaron a facturar sus honorarios en el momento en que se determine formalmente su asignación. El calendario continúa el 1 de septiembre, cuando las compañías de seguros deban emitir comprobantes electrónicos por operaciones con consumidores finales. Posteriormente, el 1 de octubre, las entidades financieras se sumarán al esquema para contratos de leasing y comercio exterior.
Hacia fin de año, el alcance será mayor. El texto de la resolución detalla que el 1 de diciembre de 2026: “se incorporan nuevas obligaciones para bancos respecto de ciertos préstamos —excepto descubiertos en cuenta corriente—, además de administradoras y emisoras de tarjetas de crédito”. La etapa final del proceso se iniciará el 1 de marzo de 2027, momento en el que comenzará la última fase que incluirá: “determinadas operaciones de coaseguro y liquidaciones periódicas realizadas por entidades financieras y administradoras de tarjetas”.
La actualización también modifica los requisitos de identificación para las compras cotidianas en el mostrador. Cuando una transacción sea igual o superior a los 10 millones de pesos, el comercio tendrá la obligación de consignar el DNI, CUIL o CDI del comprador. Por el contrario, si el importe resulta menor a esa cifra, los datos de identidad y domicilio: “podrán consignarse como ‘NR’ (No Requerido) o dejarse con valores nulos, siempre que el sistema de facturación utilizado lo permita”. Con este paquete de reformas, el fisco busca unificar los criterios de emisión y avanzar en la digitalización del sistema administrativo general.
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